La Tecnología en Desarrollo de Software ofrecida por la Universidad Nacional Abierta y a Distancia (UNAD) es un programa académico diseñado para formar profesionales capacitados en el área de la tecnología y el desarrollo de software. El plan de estudios consta de una serie de asignaturas y módulos que brindan a los estudiantes los conocimientos y habilidades necesarios para desarrollar software de calidad y adaptado a las necesidades del mercado.
Algunos de los beneficios que los estudiantes pueden obtener al cursar esta tecnología son:
- Desarrollar habilidades técnicas en programación y desarrollo de software, dominando diversos lenguajes de programación y frameworks utilizados en la industria.
- Adquirir conocimientos avanzados sobre ingeniería de software, lo que les permite aplicar metodologías y buenas prácticas en el desarrollo de proyectos de software.
- Fortalecer su capacidad de análisis y resolución de problemas, permitiéndoles identificar y solucionar eficientemente los desafíos que surgen durante el proceso de desarrollo de software.
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Créditos
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Acuerdos de Homologación
Acuerdo No. 125 - 28 de abril de 2016
El Acuerdo No. 125 de 2016 establece las condiciones para la homologación de asignaturas entre los programas de Tecnología en Sistemas y Tecnología en Gestión de Redes de Datos de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia (UNAD). Esta homologación se basa en la equivalencia de contenidos y competencias, permitiendo a los estudiantes que deseen cambiar de programa continuar su formación académica sin la necesidad de repetir cursos ya aprobados. El acuerdo busca facilitar la transición entre programas afines, optimizando el tiempo de formación y reconociendo los conocimientos previamente adquiridos por los estudiantes.
Acuerdo No. 627 - 6 de abril de 2017
El Acuerdo No. 627 del 6 de abril de 2017 establece que los egresados del programa de Tecnología en Desarrollo de Software podrán solicitar la homologación de los cursos académicos que hayan adelantado y aprobado en dicho programa. Esta medida tiene como objetivo reconocer los estudios realizados por los estudiantes y facilitar su transición a otros programas académicos dentro de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia (UNAD). El acuerdo busca garantizar la continuidad educativa de los estudiantes y optimizar su trayectoria académica, evitando la duplicidad de esfuerzos y promoviendo la eficiencia en su formación profesional.
Acuerdo No. 1795 del 31 de octubre de 2024
Este acuerdo establece la homologación interna entre la Tecnología en Desarrollo de Software (Resolución 6347 del 30 de diciembre de 2021) y la Ingeniería de Sistemas (Resolución 011165 del 8 de noviembre de 2019) de la UNAD, aprobando el reconocimiento de 98 créditos académicos (66 obligatorios y 32 electivos), equivalentes al 65% del plan de estudios de ingeniería. Los egresados del programa tecnológico deberán cursar 51 créditos restantes (38 obligatorios y 13 electivos) para completar los 149 créditos del programa de destino. El documento detalla las asignaturas equivalentes en campos de formación obligatoria, disciplinar común, líneas de profundización en Ingeniería de Software y Gestión de Proyectos, así como en formación complementaria. También permite homologar hasta 6 créditos adicionales de cursos electivos según la oferta institucional y dispone que los estudiantes deben cumplir la normatividad académica vigente, matricular y aprobar los cursos no equivalentes. El acuerdo entra en vigencia desde su expedición.
Resolución No. 1239 - 31 de enero de 2014
La resolución establece que los estudiantes podrán solicitar la homologación de asignaturas cursadas en programas académicos de la UNAD o de otras instituciones de educación superior, siempre que estas sean equivalentes en contenido y carga académica. El proceso de homologación se llevará a cabo mediante la revisión de los programas académicos y la evaluación de los contenidos temáticos por parte de un comité académico designado. Esta medida busca facilitar la movilidad académica de los estudiantes y reconocer los aprendizajes previos, permitiendo una formación más flexible y adaptada a las necesidades individuales.
Circular Informativa
No. 119-011 del 5 de noviembre de 2025
Esta circular de la Escuela de Ciencias Básicas, Tecnología e Ingeniería (ECBTI) de la UNAD informa sobre la finalización de la oferta académica del programa Tecnología en Desarrollo de Software (Resolución 13156 del 25 de septiembre de 2013, modificada por la Resolución 1239 del 31 de enero de 2014). Se establecen los plazos máximos para cursar y culminar las actividades académicas: la oferta de cursos y situaciones estudiantiles (cambios de programa o asignación de asesores de grado) se mantendrán desde el periodo 2022-1 hasta el 2026-1, mientras que las modalidades de grado (proyecto, monografía, pasantía o diplomado) podrán desarrollarse hasta 2026-2, y los trámites administrativos para grado tendrán vigencia hasta 2027-1. El documento aclara que los estudiantes deberán culminar sus cursos dentro de los plazos definidos y, si no lo hacen, deberán acogerse al nuevo plan de estudios establecido por la Resolución 025437 del 30 de diciembre de 2021. Además, se recuerda que un estudiante activo es quien no ha perdido su calidad según el Acuerdo 029 de 2013 (por suspensión, no pago o inactividad prolongada), y que quienes soliciten reingreso después de dos periodos deberán hacerlo mediante el Formulario de Atención Virtual y se acogerán al plan vigente. Finalmente, se reitera que el último plazo para obtener el título del plan anterior será hasta la vigencia 2027-1.
Plan de transición
Acuerdo No. 012 – 18 de febrero de 2021
Este acuerdo establece el plan de transición y equivalencias para garantizar los derechos adquiridos de los estudiantes matriculados en el plan de estudios del programa de Tecnología en Desarrollo de Software (Resolución No. 13156 del 25 de septiembre de 2013) de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD antes de su actualización curricular, permitiendo que los cursos previamente aprobados en dicho plan sean convalidados hacia el nuevo plan de estudios, mediante la identificación de equivalencias entre los syllabus de ambas versiones del programa, aplicándose para estudiantes activos, en reingreso o que voluntariamente deseen acogerse al nuevo plan, y rigiendo el cierre progresivo de la oferta del plan antiguo dentro de un periodo máximo de 2,5 años, con vigencia desde la fecha de expedición del acuerdo.
Ir al plan de estudios antiguo (Resolución 1239 del 31 de enero de 2014)


